La dependencia también prohibió para la temporada 2025 el uso del buceo con compresor (hookah) para la captura de pulpo rojo (Octopus maya) y pulpo patón (Octopus americanus)

 Por Amado Vázquez Martínez

Mazatlán, Sinaloa, 06 de noviembre 2025.- En Campeche y Yucatán se estableció un volumen de captura permisible de 28 mil toneladas en peso entero fresco de pulpo rojo (Octopus maya), de acuerdo con la publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), preció la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

Las medidas tienen un enfoque precautorio encaminada a inducir la sustentabilidad del aprovechamiento esta especie en el litoral de la Península de Yucatán, según preció la dependencia.

La disposición de Conapesca publicada en el DOF establece que en Campeche y Yucatán se estableció un volumen de captura permisible de 28 mil toneladas en peso entero fresco para el recurso pulpo rojo (Octopus maya).

La Sader, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), informó oficialmente de  los volúmenes permisibles de captura del pulpo rojo (Octopus maya) para los estados de Campeche y Yucatán.

La medida aplica para la temporada 2025 con la intención de regular, fomentar y administrar el aprovechamiento de pulpo, especie de importancia económica en la Península de Yucatán, decisión basada en la opinión técnica del Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS).

Solo 28 mil toneladas

La disposición indica que en Campeche y Yucatán se estableció un volumen de captura permisible de 28 mil toneladas en peso entero fresco para el recurso pulpo rojo (Octopus maya).

Para el 2025 y años subsecuentes se prohíbe el uso del buceo con compresor (hookah) para la captura de pulpo rojo (Octopus maya) y pulpo patón (Octopus americanus) en las aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe.

En las disposiciones la Conapesca detalla que tales medidas aplican a titulares de permisos y concesiones de pesca comercial vigentes dedicados al aprovechamiento de las especies mencionadas, así como a capitanas, capitanes y/o patronas y patrones de pesca.

También quedan vigentes estas disposiciones para motoristas u operadores, pescadoras, pescadores y tripulantes de dichas embarcaciones y demás personas que realicen la pesca de pulpo en las zonas.

Cabe señalar que la vigilancia del cumplimiento se encontrará a cargo de AGRICULTURA, a través de la Conapesca, y de la Secretaría de Marina, de acuerdo con sus respectivas competencias.

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