La restricción de captura de la especie en Bahía Magdalena, Baja California Sur, operará del 18 al 30 de abril de 2021 y del 25 de enero al 30 de abril en los años subsecuentes

Ciudad de México, a 20 de abril de 2021.- Con el objetivo de promover el aprovechamiento sustentable de la almeja generosa (Panopea globosa), especie de molusco de creciente demanda en el mercado internacional, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) presentó los periodos de veda temporal para la zona de Bahía Magdalena, Baja California Sur.

La dependencia federal establece la restricción legal de capturas de esta especie en dicha demarcación geográfica del 18 al 30 de abril en el 2021 y del 25 de enero al 30 de abril, fecha aplicable para los años subsiguientes, con la finalidad de proteger los principales eventos de desove.

Explica que el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), puntualiza que la pesquería de este producto, conocido también como almeja de sifón, chiluda y trompa de elefante, adquirió una notable importancia en los últimos años, por ser un recurso de alto valor comercial.

Por volumen, detalla a través de un comunicado la SADER, la captura de la especie se ubica en el lugar 12 de la producción pesquera nacional. Por su valor económico está en el sitio 11 y ocupa el séptimo escalón en cuanto a especies exportadas, principalmente a Hong Kong y Estados Unidos.

Además, expone la Secretaría de Agricultura, el Acuerdo refiere que esta pesquería representa una fuente de empleos directos e indirectos en la región.

El documento señala que para el establecimiento de la veda se tomó en cuenta el interés creciente de los productores de contribuir con la autoridad para establecer nuevas medidas de manejo para la pesca sostenible de la almeja generosa a largo plazo.

Señala la SADER que desde el 2015 existe la Norma Oficial Mexicana(NOM) para regular el aprovechamiento de esta almeja en aguas de jurisdicción federal del litoral del Océano Pacífico y Golfo de California, que específica la actualización de nuevos equipos, métodos, sistemas o artes de pesca, así como zonas de refugio.

Recalca que la publicación del nuevo dictamen detalla que el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA) recomendó implementar periodo de veda del 18 al 30 de abril de 2021 y del 25 de enero al 30 de abril en los años subsecuentes, para proteger los principales eventos de desove.

Las disposiciones son obligatorias para permisionarios, concesionarios, capitanes y/o patrones de pesca, motoristas, operadores, técnicos, pescadores, tripulantes y demás sujetos que realizan actividades de extracción de almeja generosa en dicha zona, acota.

Advierte la SADER que quienes mantengan almeja generosa en conservación y presentación para su comercialización, deberán formular y presentar inventario conforme al formato CONAPESCA-01-069, Inventario de Existencias de Especies en Veda, en un plazo de tres días hábiles contados a partir de inicio de la veda.

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