Los legisladores buscan proteger al consumidor respecto de aquellos productos que se oferten como leche y que éstos no posean las fórmulas lácteas
Ciudad de México, 16 de diciembre del 2019.- Con el objetivo de que el consumidor no sea engañado con etiquetado y productos que vendan leche sin serlo, la Cámara de Diputados aprobó un dictamen de reforma a la Ley de Propiedad Industrial para que los fabricantes señalen la composición y cualidades de sus productos de manera veraz.
Así lo da a conocer el máximo órgano legislativo del país en un comunicado de prensa, al precisar que en dicho dictamen se prohíbe el registro en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de marcas, signos, frases, elementos de imagen, avisos o nombres susceptibles de engañar al público.
Tal dictamen propone reformas a la Ley de la Propiedad Industrial para que particularmente el sector de lácteos resulte beneficiado al permitir que los consumidores puedan diferenciar entre productos que son leche auténtica de aquellos que son fórmula láctea y así protegerlos de engaños.
Además le otorga al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), la facultad de iniciar el procedimiento administrativo para declarar la nulidad del registro de la marca del producto o servicio cuando se violen las disposiciones legales vigentes, señala el comunicado.
La iniciativa se turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación de la propuesta de reforma que surgió de una iniciativa de integrantes de la Comisión de Ganadería, presidida por su presidente Eduardo Ron Ramos (MC), la cual fue presentada el pasado 21 de febrero, y dictaminada por la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad.
La iniciativa reforma los artículos 90 y 95 de la Ley de la Propiedad Industrial, en el primero de los cuales modifica la fracción XV para quedar de la siguiente manera: «No serán registrables como marca “los signos, frases, elementos de imagen, oraciones, avisos o nombres comerciales, susceptibles de engañar al público o inducir al error».
«Se entienden por tales los que constituyan falsas o engañosas indicaciones sobre la naturaleza, composición, cualidades o el origen empresarial de los productos o servicios que pretenden distinguir”», explica el documento.
En lo que toca al artículo 95 se agrega un segundo párrafo que señala que «al momento de solicitar el registro de una marca, así como al momento de su renovación, el interesado declarará bajo protesta de decir verdad que los productos o servicios que ofertará se encuentren libres de engaño o mala fe».
En caso de que las autoridades competentes determinen que dicho producto o servicio viola las disposiciones legales vigentes que le resulten aplicables, «el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial podrá iniciar el procedimiento de declaración administrativa de nulidad del registro respectivo».
El diputado Ernesto Javier Nemer Álvarez (PRI), indicó que la reforma «tiene por objeto dar certeza e información a los consumidores de productos lácteos sobre el tipo y composición que integran la fabricación de dichos productos», «además busca regular acciones en la industria láctea tales como el registro de la marca y el etiquetado del producto», añadió.
Apuntó que «se busca dar certeza a que el contenido del producto tenga paridad con su elaboración y evitar de esta forma la información engañosa. Tan sencillo como que la etiqueta presente lo que realmente contiene el producto».
Nemer Álvarez apunta que «se requiere proteger al consumidor respecto de aquellos productos que se oferten como leche y que éstos no posean las fórmulas lácteas y los requerimientos mínimos que se regulan y describen en las normas oficiales de esta industria».