La SADER toma la decisión de que aplicar esta medida en esta zona pesquera de Quintana Roo para asegurar la conservación y aprovechamiento sustentable de numerosas especies.
Ciudad de México, 03 de junio de 2019.- La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) estableció como zona de refugio pesquero total temporal, por periodo de cinco años, el área de Banco Chinchorro adyacente al municipio Othón P. Blanco, en el estado de Quintana Roo.
El dictamen se sustenta en la evaluación técnica RJL/INAPESCA/DGAIPA/481/2018, emitida por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA), para la conservación y aprovechamiento sustentable de numerosas especies comerciales presentes en la zona, beneficios que se extenderían a numerosas especies de importancia ecológica y a los ecosistemas presentes en el área.
La reserva conocida como Banco Chinchorro está en el mar Caribe, a 30 kilómetros al este del poblado de Mahahual, perteneciente al municipio de Othón P. Blanco, en la costa sur del estado de Quintana Roo.
Éste forma parte del Sistema Arrecifal Mesoamericano, cuyos mil kilómetros se extienden desde el noreste de la Península de Yucatán hasta la bahía de Honduras y lo caracterizan como la segunda barrera más grande del mundo, después de la Gran Barrera Australiana.
Chinchorro está integrado por arrecifes, una laguna y tres cayos (Norte, Centro y Lobos), en donde se hallan distintos tipos de hábitats que le confieren su importancia y valor como área natural protegida.
Entre ellos destacan los arrecifes de coral, pastos marinos, arenales, islotes, manglares y playas que albergan diversas especies vegetales y animales.
De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el espacio establecido como refugio pesquero total temporal no podrá llevarse a cabo ninguna actividad de pesca comercial, didáctica, de fomento, deportivo-recreativa o de consumo doméstico sobre ninguna especie de flora y fauna acuática.
Sin embargo, se precisa que las disposiciones no aplican para las especies acuáticas que están bajo un estatus de protección en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, referidas a la protección ambiental-especies nativas de México de flora y fauna silvestres-categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio de especies en riesgo.
La medida tiene una vigencia de cinco años y, previo a su conclusión, el INAPESCA realizará las evaluaciones necesarias y con base en su opinión técnica se determinará la permanencia, modificación o eliminación de la Zona de Refugio Pesquero Total Temporal, apegándose a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-049-SAG/PESC-2014, y demás disposiciones jurídicas aplicables.